H. Ayuntamiento de Morelia

Chiquimitío

  • Localizada a 10 km al Noroeste de la ciudad.
  • Atractivos naturales y culturales.

Con origen de las palabras náhuatl Chiquihuit: cesto o escudo, Hua: posesión y Can: lugar; que significa “lugar de los que tiene cestos o escudos”, fundado el 7 de diciembre de 1887. Desde principios del siglo XIX este poblado se convirtió en un innegable centro cívico-religioso.

Se localiza al noroeste de Morelia a 10 Km. por la carretera a Torreón Nuevo, a una longitud de 101° 14.9´ y 19° 30´ de latitud, a una altura sobre el nivel del mar de 2020mts. Chiquimitío colinda al norte con el municipio de Tarímbaro; al sur con Cuto de la Esperanza; al este con la ciudad de Morelia y al oeste con la tenencia de Teremendo de los Reyes. Tiene un clima templado.

Atractivos Turísticos

Templo del Santo niño Jesús
La cascada “El Salto”
Manantiales
Presa de Chiquimitío
Piedras de cantera

En apego a las acciones preventivas implementadas por la Administración Pública Municipal, con motivo del Proceso Electoral 2024, este contenido será modificado temporalmente en atención a las disposiciones legales y normativas en material electoral.

 
Comisión de Gobernación, Seguridad Pública, Protección Civil y Participación Ciudadana:
Será presidida por quien se ostente Titular de la Presidencia Municipal, a la cual le corresponde vigilar el cumplimiento de la normatividad que integra el Sistema Jurídico Mexicano; Fomentar el civismo y los sentimientos patrios entre la población; Promover la capacitación permanente de las y los empleados municipales, eficientando la prestación de los servicios públicos; Coadyuvar con las autoridades 
competentes municipales y de los demás niveles de gobierno, a preservar la seguridad pública, el orden y la
paz social en el Municipio; Supervisar la prestación del servicio social que se efectúe en la Administración Pública Municipal; Atender todo lo relacionado con los mecanismos de participación ciudadana que se desarrollen en el Municipio; Vigilar el cumplimiento de las disposiciones en materia de Protección Civil, que le corresponda observar al Ayuntamiento; Establecer, en su caso, en coordinación con las autoridades federales y estatales, las disposiciones o mecanismos de Protección Civil necesarios ante las
eventualidades que deba accionarse; Elaborar y presentar al Ayuntamiento, para su aprobación, en su caso, las iniciativas de reglamentos de su competencia; y, Las demás que en el ámbito de la competencia municipal
y disposiciones le sean aplicables;