H. Ayuntamiento de Morelia

San Nicolás Obispo

  • Localizada a 9 km al Suroeste de la ciudad.
  • Atractivos culturales y artesanales.

Esta tenencia se encuentra a 20 minutos de la tenencia de Tacícuaro; y tiene un aproximado de 450 años de antigüedad. Está constituida por cuatro barrios, los cuales son: Barrio Bonito (parte principal de la Tenencia), Barrio del Napiz, Barrio del Chicalote y Barrio de Los Buenos Aires.

Se localiza al Suroeste de Morelia a 9 km. La tenencia colinda al Noroeste con Tacicuaro; al Sureste con Santiago Undameo y al Este con la ciudad de Morelia.

Atractivos Turísticos

Su principal atractivo turístico es la Iglesia de San Nicolás de Obispo, y también por su reconocida técnica artesanal llamada “lapidaria”, que consiste en darle forma a una simple roca (roca volcánica), creando así los tradicionales molcajetes, metates y figuras.

En apego a las acciones preventivas implementadas por la Administración Pública Municipal, con motivo del Proceso Electoral 2024, este contenido será modificado temporalmente en atención a las disposiciones legales y normativas en material electoral.

 
Comisión de Gobernación, Seguridad Pública, Protección Civil y Participación Ciudadana:
Será presidida por quien se ostente Titular de la Presidencia Municipal, a la cual le corresponde vigilar el cumplimiento de la normatividad que integra el Sistema Jurídico Mexicano; Fomentar el civismo y los sentimientos patrios entre la población; Promover la capacitación permanente de las y los empleados municipales, eficientando la prestación de los servicios públicos; Coadyuvar con las autoridades 
competentes municipales y de los demás niveles de gobierno, a preservar la seguridad pública, el orden y la
paz social en el Municipio; Supervisar la prestación del servicio social que se efectúe en la Administración Pública Municipal; Atender todo lo relacionado con los mecanismos de participación ciudadana que se desarrollen en el Municipio; Vigilar el cumplimiento de las disposiciones en materia de Protección Civil, que le corresponda observar al Ayuntamiento; Establecer, en su caso, en coordinación con las autoridades federales y estatales, las disposiciones o mecanismos de Protección Civil necesarios ante las
eventualidades que deba accionarse; Elaborar y presentar al Ayuntamiento, para su aprobación, en su caso, las iniciativas de reglamentos de su competencia; y, Las demás que en el ámbito de la competencia municipal
y disposiciones le sean aplicables;