H. Ayuntamiento de Morelia

Protección de datos personales

¿En qué consiste?

Los datos personales consisten en aquella información que identifica a una persona y la distingue de otras. Dentro de estos datos personales se encuentran los datos personales sensibles que son aquellos que afecten la intimidad y vida privada de su titular, su utilización indebida puede dar origen a discriminación o conlleve un riesgo grave para éste. Por tal motivo cada persona es dueña de sus datos personales, pero en ocasiones tiene que otorgarse para obtener algún servicio o beneficio, pero esto no significa que se deje de ser dueño de sus datos personales, al contrario debe de exigirse una protección para que el dueño de dichos datos pueda acceder, rectificar, cancelar y oponerse al tratamiento de  los mismos.

Fundamento

Artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo 68 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Artículo 1, 6, 22 y demás relativos a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
Artículos 8, 33, 34 y demás relativos a la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo
Del artículo 12 al 27 del Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Municipio de Morelia

Beneficios de la protección de datos personales

Para los habitantes de Morelia, Michoacán el beneficio consiste en tener la seguridad de que sus datos personales serán utilizados solamente para los fines por los que les fueron solicitados.

Los beneficios para el H. Ayuntamiento de Morelia, Michoacán consiste en proyectar en la sociedad moreliana, ser un Ayuntamiento ordenado, seguro y que le interesan sus habitantes.

En apego a las acciones preventivas implementadas por la Administración Pública Municipal, con motivo del Proceso Electoral 2024, este contenido será modificado temporalmente en atención a las disposiciones legales y normativas en material electoral.

 
Comisión de Gobernación, Seguridad Pública, Protección Civil y Participación Ciudadana:
Será presidida por quien se ostente Titular de la Presidencia Municipal, a la cual le corresponde vigilar el cumplimiento de la normatividad que integra el Sistema Jurídico Mexicano; Fomentar el civismo y los sentimientos patrios entre la población; Promover la capacitación permanente de las y los empleados municipales, eficientando la prestación de los servicios públicos; Coadyuvar con las autoridades 
competentes municipales y de los demás niveles de gobierno, a preservar la seguridad pública, el orden y la
paz social en el Municipio; Supervisar la prestación del servicio social que se efectúe en la Administración Pública Municipal; Atender todo lo relacionado con los mecanismos de participación ciudadana que se desarrollen en el Municipio; Vigilar el cumplimiento de las disposiciones en materia de Protección Civil, que le corresponda observar al Ayuntamiento; Establecer, en su caso, en coordinación con las autoridades federales y estatales, las disposiciones o mecanismos de Protección Civil necesarios ante las
eventualidades que deba accionarse; Elaborar y presentar al Ayuntamiento, para su aprobación, en su caso, las iniciativas de reglamentos de su competencia; y, Las demás que en el ámbito de la competencia municipal
y disposiciones le sean aplicables;