H. Ayuntamiento de Morelia

Tacícuaro

  • Localizada a 16 km al Oeste de la ciudad.
  • Atractivos culturales y gastronómicas.

 

Su nombre significa “lugar de descanso”. Esta tenencia, junto con San Nicolás, Teremendo de los Reyes, y Capula, se dicen que fueron de las principales comunidades en fundarse ya que tiene cuatro siglos de antigüedad.

Se localiza al Oeste de Morelia a 16 km. Esta tenencia colinda al Norte con Cuto de La Esperanza; al Sur con Tiripetío y Santiago Undameo, al Este con San Nicolás Obispo y la ciudad de Morelia; y al Oeste con Capula.

En lo que respecta a la gastronomía del lugar, dentro de su alimentación básica se encuentran los frijoles, pollo, carne, sopas, capulines, tejocotes, verduras; por otro lado,en temporada de fiestas, se acostumbra cocinar: mole con arroz, carnitas, barbacoa, pollo asado, corundas y pozole.

Atractivos Turísticos

Templo de Santa María de la Asunción.
Cerro del Águila.
“Coto Tres Lagos” (Cabañar)

En apego a las acciones preventivas implementadas por la Administración Pública Municipal, con motivo del Proceso Electoral 2024, este contenido será modificado temporalmente en atención a las disposiciones legales y normativas en material electoral.

 
Comisión de Gobernación, Seguridad Pública, Protección Civil y Participación Ciudadana:
Será presidida por quien se ostente Titular de la Presidencia Municipal, a la cual le corresponde vigilar el cumplimiento de la normatividad que integra el Sistema Jurídico Mexicano; Fomentar el civismo y los sentimientos patrios entre la población; Promover la capacitación permanente de las y los empleados municipales, eficientando la prestación de los servicios públicos; Coadyuvar con las autoridades 
competentes municipales y de los demás niveles de gobierno, a preservar la seguridad pública, el orden y la
paz social en el Municipio; Supervisar la prestación del servicio social que se efectúe en la Administración Pública Municipal; Atender todo lo relacionado con los mecanismos de participación ciudadana que se desarrollen en el Municipio; Vigilar el cumplimiento de las disposiciones en materia de Protección Civil, que le corresponda observar al Ayuntamiento; Establecer, en su caso, en coordinación con las autoridades federales y estatales, las disposiciones o mecanismos de Protección Civil necesarios ante las
eventualidades que deba accionarse; Elaborar y presentar al Ayuntamiento, para su aprobación, en su caso, las iniciativas de reglamentos de su competencia; y, Las demás que en el ámbito de la competencia municipal
y disposiciones le sean aplicables;